Les adelantamos los vencimientos de la semana del 18 al 22 de noviembre.
Se recuerda que por Res. Gral. A.F.I.P. 3.475/13 se estableció un plazo especial para el ingreso de las obligaciones correspondientes al Régimen de trabajadores autónomos y al Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes (monotributo), a cargo de los contribuyentes con domicilio fiscal registrado y/o actividad desarrollada en las zonas afectadas por los acontecimientos meteorológicos acaecidos durante los días 1 y 2 de abril del corriente año.
También por Res. Gral. A.F.I.P. 3.508/13 se estableció un plazo especial para la presentación de las declaraciones juradas y pago de las obligaciones impositivas y las correspondientes a Régimen de trabajadores autónomos y al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes con vencimiento en los meses de junio y julio de los sujetos con domicilio fiscal registrado y actividad económica principal desarrollada en los Departamentos de la Provincia de Neuquén afectados por el volcán Copahue, que seguidamente se indican:
a) Norquín (el Huecú).
b) Loncopué (Loncopué).
c) Picunches (Las Lajas).
d) Chos Malal (Chos Malal).
Además por Res. Gral. A.F.I.P. 3.520/13 se estableció un plazo especial para la presentación y pago de las obligaciones impositivas y las correspondientes al Régimen de trabajadores autónomos y al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes a cargo de los sujetos con domicilio fiscal registrado y/o actividad desarrollada en las áreas afectadas por los graves hechos acaecidos en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, el día 5 de agosto de 2013.
Por Res. Gral. A.F.I.P. 3.530/13 se establece un plazo especial para la presentación y en su caso pago, de las obligaciones impositivas y las del Régimen de trabajadores autónomos y el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes a cargo de los sujetos directamente afectados por los incendios producidos en las áreas y provincias que se indican en el anexo de la misma, que posean domicilio fiscal registrado y/o actividad desarrollada en las mismas. Los vencimientos que operen en los meses de setiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2013, se considerarán efectuados en término siempre que se efectivicen hasta las fechas de vencimientos fijadas para los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2014 respectivamente.
Ver | Calendario semanal de vencimientos
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